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Franchiottis de cabotaje Por Miguel Espinaco El 7 de marzo de 1996, la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe se aprestaba a dar media sanción al proyecto de privatización del entonces Banco Provincial de Santa Fe. El ex y ahora también futuro gobernador Obeid y el eterno jefe político del peronismo provincial - el actual gobernador Reutemann - habían dado la orden de cumplir con las líneas directrices que partían desde los despachos de Menem y de Cavallo: preparar el marco legal para entregarle el banco al conocido grupo de narcolavadores de los hermanos Rohm. Ese día, una escasa movilización de algo menos de trescientos bancarios, exhaustos tras años de manoseos y de tensiones continuas sobre su futuro laboral, fue reprimida a balazos por la Policía de la Provincia de Santa Fe. El cordón policial atravesó la valla que había caído y corrió a los trabajadores por la Avenida General López, esgrimiendo bastones y disparando armas de fuego. Las balas de plomo provocaron serias heridas a tres manifestantes, pero el saldo pudo haber resultado muchísimo peor. Las balas del delirio represivo dejaron marcas de disparos a la altura de la cabeza, las que solo por azar no provocaron alguna muerte. Las fallas del fallo Por esas cosas de la casualidad o de la política, a pocos días de la vuelta al poder de Jorge Obeid - ahora devenido oportuna y mágicamente en kirchnerista - ha sido conocido el fallo sobre aquellos hechos, dictado por la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Penal. La lectura del escrito del juez Candioti - ratificado ahora por la Cámara - es un paseo turístico por los recovecos del aparato judicial, por las increíbles volteretas que realiza para responder preguntas que no hacía falta para nada hacer y para omitir las que realmente importan, para juzgar lo secundario ocultando lo verdaderamente condenable. Las penas son casi invisibles si se considera la dimensión del caso judicial. El aparato armado del estado - teóricamente montado para custodiar el orden - hizo uso de su desmesurado poder de fuego,
Todos los considerandos están organizados al efecto de demostrar que no hubo instrucciones precisas a los 250 efectivos que cercaban el palacio legislativo. Cuando llegaron los manifestantes "los agentes del orden público dispuestos en el lugar, se encontraban sin instrucciones concretas, más allá de la "genérica orden" de contener el vallado existente", dice el escrito. Y después lo ratifica con declaraciones acumuladas en la causa. El Sub comisario Ortega, por ejemplo, afirma que él no pudo omitir una orden que nunca se le dio. "Antes de apostarme en la tercer fila, que como lo dije, lo hice voluntariamente, - dice Ortega - hubo un espacio de tiempo, de cuatro horas aproximadamente, en que nos mantuvimos todos a la espera en la plaza frente a la Legislatura, tiempo suficiente para que se nos explicara sobre qué función debíamos hacer, en qué lugar debíamos estar, y que personal podíamos tener a cargo". En otra parte se leen los dichos del Comisario Enrique Manuel Cabrera: "la única directiva que se me dio, era contener las vallas. Eso se caía de maduro". La conclusión que saca el Juez de todo esto en su fallo fallido, es que los sucesos "tienen su origen en la ineficiente planificación y ejecución del operativo", por lo cual carga las tintas en los oficiales superiores que finalmente fueron condenados de este modo, digamos simbólico (ver recuadro: "Penas apenas"). Los interrogantes que quedan abiertos - los cuales son enumerados por Candioti al final del fallo como si fueran meros detalles sin importancia - permitirían por lo menos dudar de esa "ineficiencia"
Pero entonces, para desentrañar esa hipótesis, había que empezar por dudar de las intenciones del Gobierno, había que dudar de la veracidad de las ordenes impartidas desde el Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto de la Provincia que - según traduce ampulosamente el Juez - "fueron lo suficientemente claras y concretas: prevención a los fines de garantizar, por un lado, el normal funcionamiento de la Cámara de Senadores que se encontraba sesionando y, por el otro, la expresión del disenso de los sectores involucrados en la protesta acerca de la propuesta que allí se debatía". Las preguntas del millón Los interrogantes enumerados al final del escrito - preguntas que quedan sin responderse - deberían ser la punta del ovillo para investigar, deberían ser el punto a partir del cual la indagación comenzara. Sin embargo ahí, exactamente ahí, la indagación termina. Según parece, para el Juez resultan preguntas que no ameritan seguir la investigación hasta la cúpula del poder político, exonerado sin prueba alguna en esta causa. Dice el juez que quedan sin responder: el grado de instrucción de los efectivos; si la orden de impedir que los manifestantes pasaran la valla fue explicitada o si nada más "se caía de maduro" como dice el Comisario Cabrera; quién disparó las armas de fuego - ya que nunca aparecieron las armas ni se supo cuáles fueron disparadas - el por qué se importó personal de otras Unidades Regionales, como desde los Departamentos Garay y San Javier, que - según escribe el mismo Juez Candioti - "ni siquiera tuvieron una instrucción previa de qué hacer ante cada circunstancia"; y si la reacción de los efectivos policiales que cruzaron el vallado, fue por orden superior - ya que muchos escucharon desde "atrás" la voz de "avanzar", si bien ninguno de los policías reconoce haber identificado la voz que lo ordenaba - o si fue una reacción espontánea de los propios subalternos. Entonces volvamos. Los hechos - dice el juez que "evidentemente" - tienen su origen en "la ineficiente planificación y ejecución del operativo", pero estos interrogantes abiertos - salta a la vista - debieran invitar a cualquier persona razonable a preguntarse: ¿no será que la "ineficientemente planificación y ejecución" tuvo su origen en la intención política de reprimir? El juez, obviamente, ni se hace esa pregunta, y lejos de eso, en el párrafo siguiente acepta sin vacilaciones que "las ordenes impartidas desde el Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto de la Provincia fueron lo suficientemente claras y concretas" o sea, garantizar el funcionamiento del Senado sin reprimir. Sumando dos más dos
¿Alguien puede explicar por qué el juez ni siquiera duda de las afirmaciones del Ministro de Gobierno de Obeid, Roberto Rosúa? ¿Alguien puede explicar por qué les cree que la orden fue no reprimir? ¿O por qué no constan en la causa, indagatorias a los responsables políticos? Y ya que estamos preguntado: ¿Será que es por culpa de esta justicia que Rosúa y Obeid van a ser próximamente diputado y gobernador? ¿O será al revés? ¿O será que mientras esta gente siga teniendo el poder político seguiremos condenados a sufrir esta justicia inevitablemente injusta? |
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