Una peligrosa puerta abierta

por Enzo Vicentín

La noticia sorprende, pero no tanto. La historia argentina nos ofrece varios ejemplos similares. Hablamos de que ayer se convirtió en ley un proyecto elevado al Congreso por el presidente Kirchner en el cual se propone la modificación del Código Penal incorporando la tipificación del delito de terrorismo y el castigo a su financiamiento. Este proyecto fue aprobado hace una semana en el Senado por una rotunda mayoría (50 votos a favor, 1 en contra: el del senador socialista Rubén Giustiniani) y ayer pasó exitosamente por la Cámara de Diputados (102 votos a favor, 35 en contra). El apuro manifiesto en el tratamiento y aprobación del proyecto presidencial radica en que el mismo es exigido por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), un organismo internacional que nació desde los países del G-7 para establecer medidas de control sobre el lavado de dinero en el mundo. El problema para el gobierno argentino es que el próximo 27 de Junio el GAFI sesionará en París, y en caso de que la "recomendación" de dicho organismo no se hubiese cumplido, éste podría declarar que Argentina es un país "no confiable para las inversiones" ni para realizar transacciones de dinero (básicamente financieras). El diario Página/12 es más concreto y afirma que el "ultimátum" del GAFI tenía fecha: el próximo 23 de junio.

En esta carrera contra el tiempo, el Gobierno se aprestó a sacar esta ley lo más rápido posible y sin levantar demasiado revuelo. Como dice un periodista de Clarín, el proyecto de ley antiterrorista se estuvo tratando en el Congreso "entre los fuegos de artificio de la campaña electoral porteña, y la escasa actividad en el Congreso". Los legisladores oficialistas que defienden la incorporación en el Código Penal de la figura de "asociación ilícita terrorista" y el delito de "financiamiento del terrorismo" han argumentado que "el proyecto se enmarca en políticas de Estado", que "la Argentina había sufrido en carne propia dos atentados: el de la embajada de Israel y el que se realizó contra la mutual judía de la AMIA", o sea que "sabemos de lo que estamos hablando", como expresó la senadora Vilma Ibarra. El problema para los argumentos oficialistas es que interpretan la tipificación de la asociación ilícita terrorista con bastante optimismo respecto a los alcances de dicha figura.

Veamos que dice el proyecto: propone considerar como actos terroristas a los cometidos para "aterrorizar a la población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo" para lo cual realicen un "plan de acción de propagación del odio étnico, religioso o político", estar organizada en "redes operativas internacionales" y "disponer de armas de guerra, explosivos, agentes químicos o bacteriológicos o cualquier otro medio idóneo para poner en peligro la vida o integridad de un número indeterminado de personas". Las penas para quienes sean encontrados culpables de formar parte de una "asociación ilícita terrorista" van de los 5 a los 20 años de prisión. La defensa del proyecto por parte de Vilma Ibarra en cuanto a los alcances de la ley se basó en que: "las características que se especifican para definir la figura de asociación ilícita terrorista son concurrentes y deben darse todas ellas, en que el tema compromete a organizaciones terroristas internacionales y en que el proyecto no será una herramienta que criminalice la protesta social".

Pero tanto el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) como la Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH), dos históricos exponentes de la lucha por el respeto y cumplimiento de los Derechos Humanos en el país, se han manifestado claramente en contra del proyecto y de los argumentos que se esgrimen en su favor. En la página web del CELS puede encontrarse un breve comunicado cuyo último párrafo afirma que: "Para el CELS el Estado al legislar sobre una cuestión tan sensible como es una ley antiterrorista, debe tener en cuenta los pronunciamientos de los órganos de control encargados de velar por el respeto a los instrumentos internacionales. De acuerdo con ellos, la lucha contra el terrorismo debe hacerse con pleno respeto a los derechos humanos, y una adecuada tipificación de los delitos de terrorismo debe consignar claramente y sin ambigüedades la cuál es la conducta debida y cuáles son los elementos que lo integran". Andrea Pochack, directora adjunta del CELS, explica con mayor claridad esta posición en un diálogo con Página/12: "no es lo mismo cometer hechos terroristas, que formar parte de una organización que comete hechos. Acá se condena la pertenencia a esa organización y precisamente el derecho internacional lo que reprime es la conducta terrorista". Pochack consideró que ese concepto llevó a la Cámara de Casación a condenar a la maestra Marina Schiffrin por un corte de ruta en Bariloche, y en Chile, donde la ley antiterrorista es más ambigua aún que el proyecto argentino, fueron procesados y presos varios dirigentes mapuches bajo el cargo de incendio de bosques. Mientras tanto la LADH expresa en un comunicado que la ley antiterrorista "abre la posibilidad de que se sancione como acto terrorista a cualquier acción popular que pretenda modificar alguna decisión gubernamental. Supongamos que se pida aumentar el presupuesto educativo para que no existan escuelas sin calefacción en invierno, y que en el transcurso de las movilizaciones, la Policía o los servicios de inteligencia "descubran" con su labor de "investigación" que alguien tiene una granada de gas o alguna pistola tal como la Policía del Gatillo Fácil planta armas para justificar sus acciones". Otro reconocido militante en el campo de los Derechos Humanos, Adolfo Pérez Esquivel, se refirió al tema preguntándose "¿Quién determinará cuales son organizaciones terroristas, los mismos que determinaban que toda protesta contra las dictaduras eran actos de terrorismo y el financiamiento? Esto es muy peligroso".

Lamentablemente Argentina no es una excepción. El diario mexicano La Jornada nos informa que en mayo pasado el Congreso de Paraguay aprobó la "Ley de Hechos punibles contra los pueblos", que es la versión guaraní de lo que pide el GAFI y lo que acaba de convertirse en ley en nuestro país (aunque más dura, ya que prevé penas de hasta 30 años). En Paraguay la aprobación de esta ley también generó protestas y movilizaciones, poniendo la alerta sobre la criminalización de la lucha de los campesinos: "abre las puertas a la persecución política y social" declararon. También en Brasil se encuentran noticias del mes de marzo que refieren al inminente tratamiento del Congreso de una ley antiterrorista, pero con algunas diferencias respecto del proyecto argentino. Según el diario Crónica, "el proyecto no define el terrorismo, sino que vincula delitos asociados a actividades terroristas, como atentados con bomba, y delitos cometidos para infundir estado de pánico o inseguridad en la sociedad, o para intimidar al Estado o a una organización. También tipifica la colaboración, el financiamiento y la apología, para los que prevé penas concretas".

Decíamos al comienzo que la noticia sorprende, pero no tanto. No es novedoso que los legisladores argentinos voten leyes apurados por presiones externas, generalmente de organismos internacionales que responden a los intereses de Estados Unidos o los gobiernos del G-7. No hace falta irse a los tiempos de la década del 1930 para encontrar ejemplos, basta nomás con recordar los gobiernos de Duhalde y la derogación de ley de subversión económica o el gobierno de De la Rúa y la ley de reforma laboral (más conocida como "ley banelco"). Resulta por lo menos paradójico que el actual gobierno de Kirchner, que cortó relaciones con el Fondo Monetario Internacional poniendo la soberanía nacional como puntal argumentativo, ahora se preocupe por responder obedientemente a los pedidos de una organización como el GAFI, que a pesar de que no figure en sus estatutos, responde a las directrices de Washington y del poder financiero mundial. Es cierto: la presión norteamericana en Argentina no fue pública, más bien se manejó por lo bajo. Pero en Paraguay el tratamiento de la ley antiterrorista coincidió con la llegada al país de Thomas Shannon, el máximo representante del gobierno de Bush en América Latina.

Esta nota hubiese cambiado rotundamente si hubiese elegido las palabras con las cuales el diario Infobae se refiere a este tema. Dice el copete a la nota que habla sobre la media sanción que dieron los senadores la semana pasada: "La Cámara Alta apuró la aprobación del proyecto para evitar sanciones internacionales que complicarían a los bancos". No hace falta explicar demasiado por qué coloco en negrita la última parte de la oración. También hubiese cambiado el desarrollo de esta nota citar una nota del diario Clarín donde el cronista se refiere a la redacción del proyecto: "los primeros borradores sugeridos por el GAFI eran tan estrictos que hasta podrían caer bajo el rótulo de 'terroristas' los piqueteros que cortan calles". Si esos dos recortes no fueron al principio es porque se ubican mejor en la conclusión que en la apertura de esta nota. ¿Quiénes piden la ley? o ¿a quienes beneficia? son preguntas cuyas respuestas son bastante claras para un buen entendedor.

En esta era iniciada con la caída de las Torres Gemelas el combate contra el terrorismo se ha convertido en la principal preocupación de Estados Unidos. Al leit motiv de Bush y compañía le crecen raíces que aparecen convertidas o transformadas en leyes o medidas auxiliares del árbol principal. El avance de esta legislación supuestamente antiterrorista se lleva puesto a las libertades individuales (como la Patriot Act en Estados Unidos) e intenta hacerlo con la legislación sobre las protestas sociales. Según la LADH la flamante ley antiterrorista argentina "establece gravísimas modificaciones regresivas en un Código Penal que arrastra el impacto reaccionario de las propuestas Blumberg aprobadas en su momento con la misma aplastante mayoría". Son elecciones, como dice la LADH: "El año pasado se presentó ante el Senado un proyecto de reforma al Código Penal que tendía a dar respuestas a algunos de los reclamos de diferentes organizaciones, como por ejemplo la incorporación del delito de genocidio y a modificar algunos de sus artículos que, potenciados por la reforma Blumberg, han producido la existencia de un Código que no sólo es reaccionario, clasista y sexista, sino que ha perdido todo sentido de proporcionalidad entre delito y pena. Ese proyecto lejos de ser sometido al debate social, el gobierno de Kirchner optó por 'congelarlo' y en cambio, envió el proyecto [de ley antiterrorista] que terminó siendo aprobado por el Senado". Una tipificación ambigua del terrorismo abre el camino, deja una peligrosa puerta abierta a potenciales consecuencias represivas sobre la protesta social. Y eso hoy puede no significar nada, entre la euforia boquense y el caso Dalmasso. Pero significa mucho.


Opiná sobre este tema

Titulo:
Comentario:
Firma:
E-Mail:
Ir a la Portada Siguiente ®