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Cairo + 10

Por Daniela Pierotti

El Cairo, Egipto, del 5 al 13 de septiembre de 1994

     Casi una década atrás, un total de 179 países aprobaron, por consenso, en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (CIPD) un Programa de Acción cuya aplicación se orienta entre otros aspectos a la salud reproductiva, que incluye la salud sexual. A diferencia de los enfoques demográficos previos, en este programa se vincula a la población con el desarrollo humano, la protección del medio ambiente, la condición de las mujeres, la salud integral, el bienestar individual y colectivo, la igualdad y equidad de género, y el respeto por los derechos humanos.

     Por primera vez, los derechos reproductivos fueron reconocidos como derechos humanos. Y los define como el derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir, libre y responsablemente, el número de hijos/as, cuándo tenerlos o no tenerlos, y a disponer de la información y medios para poder ejercerlos, alcanzando el nivel más alto posible de salud sexual y reproductiva.

     El consenso de El Cairo definió la problemática del aborto inseguro como un grave problema de salud pública y exhortó a los gobiernos a reducir su incidencia y dar un trato humanitario a aquellas mujeres que sufren complicaciones por abortos inseguros.

     Reconoció también a las mujeres y varones adolescentes como sujetos de derechos, con necesidades específicas en salud sexual y reproductiva que deben ser atendidas con carácter de atención y confidencialidad.

     Este Programa tiene como plazo para implementarse completamente un total de 20 años. A mitad de camino, en este año 2004, se realiza la evaluación de una década y hoy, 28 de mayo, comienza el LLAMADO A LA ACCIÓN- POR LA SALUD DE LAS MUJERES-CAIRO + 10, impulsado por la Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe, que ha impulsado el seguimiento de este acuerdo junto con otras organizaciones feministas, e incluido dentro de la campaña "POR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS".

     El objetivo es ejercer presión política en los gobiernos de cada región para que se concreten políticas y programas efectivos para la universalización de los servicios básicos (salud, educación, saneamiento ambiental, etc.), la erradicación de la pobreza, la construcción de condiciones de vida y oportunidades igualitarias y equitativas entre hombres y mujeres y para que realmente se destinen los fondos disponibles a estos fines.

     En Santiago, 10 y 11 de marzo recientes, se llevó a cabo la Reunión de la Mesa Directiva Ampliada del Comité Especial sobre Población y Desarrollo de la CEPAL y se aprobó (con la sola reserva de Estados Unidos) una declaración que reafirma los acuerdos de El Cairo, quedando claro acuerdo de la voluntad política de los gobiernos para su cumplimiento. Ahora resta, justamente eso: su cumplimiento, pasar de la retórica a la práctica, porque hay muchas deudas pendientes, especialmente a nivel legislativo, y en Latinoamérica específicamente.

     El consenso de El Cairo, donde se detallan fundamentalmente bases para la acción y medidas prácticas y efectivas a tomar, deben sumarse y así integrarse, las resoluciones de la Declaración de Beijing del año siguiente, firmadas en la VI Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre las mujeres, realizada del 4 al 15 de septiembre de 1995. A partir de aquí se incluye y concibe como un derecho la posibilidad de adoptar las decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones, ni violencia. Y se sostiene que "la salud reproductiva es un estado general de bienestar físico, mental y social, y no mera ausencia de enfermedades o dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo, sus funciones y procesos".

    Cada año, a nivel mundial, más de medio millón de mujeres muere por causas maternas, incluyendo complicaciones de abortos clandestinos. El embarazo es principal causa de muerte en adolescentes de 15 a 19 años, en todo el mundo. Cada año, a nivel mundial, ocurren más de 20 millones de abortos provocados en condiciones de clandestinidad. Cada año, a nivel mundial, mueren cerca de 78000 mujeres por abortos riesgosos. Cada día, a nivel mundial, 6000 jóvenes y adolescentes se infectan con el VIH/SIDA - cada 14 segundos - y la mayoría de ellos son adolescentes. Cada año, a nivel mundial, cerca de 14 millones de niñas y adolescentes entre 15 y 19 años dan a luz. Cada año, en América Latina y el Caribe mueren cerca de 30000 mujeres por causas maternas, siendo el aborto inseguro una de las principales. Cada año, en América Latina y el caribe, se realizan más de 4 millones de abortos, y la mayor parte de ellos son en condiciones de clandestinidad.

Fuentes: FNUAP

Se considera la obtención de información y métodos para la regulación de la fecundidad, seguros, eficaces, asequibles y aceptables, como derechos del hombre y la mujer. Igualmente el derecho a recibir servicios adecuados de salud que permitan los embarazos y los partos sin riesgos.

Porqué todo esto es importante

     Porque a partir de estos documentos, comienzan a delinearse en nuestro país, como en otros países latinoamericanos, con un respaldo legislativo, y nada menos que reconocido como una cuestión de derechos humanos, acciones de denuncia de casos de discriminación por género, de incumplimientos de garantías mínimas de salud y respeto por la integridad de miles de personas, en particular de mujeres víctimas del maltrato familiar e institucional, adolescentes que comienzan a tener acceso a información y derecho a reclamarla acerca de qué elegir sabiendo cómo, en materia de salud sexual y reproductiva.

     Otro punto importante es que, basándose en estos Documentos Internacionales, la legislación argentina, recientemente ha tenido que acusar recibo. En nuestro país ha entrado en vigencia la Ley Nº 25.673 por la cual se crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, con los siguientes objetivos, enumerados en su artículo 2º:

  1. Alcanzar para la población el nivel más elevado de salud y procreación responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia.
  2. Disminuir la morbimortalidad materno- infantil
  3. Prevenir embarazos no deseados
  4. Promover la salud sexual de los adolescentes
  5. Contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de HIV/SIDA y patologías genitales y mamarias
  6. Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable
  7. Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable

     Aunque imperfecta, esta ley crea un marco para la transformación del sistema de salud público, estableciendo un control sobre el mismo, basado en la demanda de sus beneficiarios. Y compromete, a través de lo enunciado en su artículo 5º, al Ministerio de Salud en coordinación con el de Educación y de Desarrollo Social y Medio Ambiente a trabajar en capacitación, actualización en conocimientos y perfeccionamiento de los agentes de salud junto con la promoción en la comunidad toda de espacios de reflexión y acción en este sentido. Basa explícitamente su contenido en la seguridad social en salud, incluyendo las prestaciones en el Programa Médico Obligatorio (PMO), en el nomenclador médico y farmacológico nacionales.

     En la esfera provincial, este marco nacional, dio lugar a la sanción de la Ley Provincial 11.888, cuyos objetivos, consisten en: promover la maternidad y paternidad responsables, a través de la planificación de los nacimientos favoreciendo espacios intergenéticos adecuados, en el marco del reconocimiento del derecho a la vida desde el momento de la concepción; garantizar a la población el acceso a información completa y veraz sobre los métodos de control de la fertilidad existentes, naturales o artificiales, asegurando la igualdad de oportunidades en el ejercicio de la libertad personal y capacitar al personal directa o indirectamente vinculado con el programa.

Utilidad concreta, un caso: Ciudad de Rosario

     En la ciudad de Rosario existen dos ordenanzas municipales, la Nº 6244 (Procreación Responsable) y la Nº 7282 (Educación sexual) las cuales, junto con las leyes antes mencionadas, han servido de herramienta para que muchas mujeres maltratadas, discriminadas, mujeres que reclamaban la gratuidad de las prestaciones y suministro de métodos anticonceptivos, avaladas por la ley, fueran oídas.

     Como experiencia concreta, a raíz de una investigación realizada sobre trece grupos de mujeres, localizados en distintos barrios, que presentan características de exclusión, marginación y pobreza, de la ciudad de Rosario, Pérez, Villa Gobernador Gálvez e Ibarlucea, y la sistematización de datos y acciones realizadas al respecto, el Instituto de Género, Derecho y Desarrollo (INSGENAR) publicó "Con todo al aire", un reporte de Derechos Humanos sobre atención en Salud Reproductiva en hospitales públicos. De unas trescientas mujeres, treinta y una brindaron testimonio a través de entrevistas en las que se les garantizó confidencialidad acerca de su identidad. Un total de doscientas cincuenta refirieron haber padecido alguna situación de mal trato, entre ellos humillantes, inhumanos y degradantes, en los hospitales públicos. Las acciones que se presentaron a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe y a la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Rosario consistieron en solicitar la profundización de la investigación y la adopción de medidas pertinentes para la modificación de estas prácticas.

     La Defensoría emitió el 31 de octubre pasado una resolución (Nº 713) declarando admisible la presentación realizada y recomendando al Ministerio de Salud, Medio Ambiente y Acción Social de la Provincia de Santa Fe que "instrumente y viabilice el establecimiento de normativas y pautas claras, como también la organización de actividades (talleres de reflexión, jornadas, encuentros), tendientes a garantizar un trato adecuado a las mujeres que asistan a los Servicios de Ginecología y Obstetricia de los Hospitales Públicos, en el estricto marco del respeto por los derechos humanos",

    Según Naciones Unidas, los Derechos Sexuales y Reproductivos incluyen:

  • El derecho a la vida: la vida de las mujeres se encuentra en situación de mayor riesgo debido a las complicaciones derivadas del embarazo.
  • El derecho a la libertad y seguridad: implica la protección contra embarazos forzados, esterilizaciones o abortos impuestos por la falta de acceso a una anticoncepción eficaz. Este derecho incluye la libre determinación en cuestiones de reproducción.
  • El derecho a la información y educación sexual.
  • El derecho a la atención y protección de la salud: el derecho a verse libre de prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud.
  • El derecho a una sexualidad placentera y saludable, independiente de la reproducción, libre de violencia, abuso o acoso.
  • El derecho a la vida privada y a la vida en familia, que abarca el derecho a tomar decisiones autónomas y confidenciales con respecto a tener o no hijos y cuándo tenerlos.
  • El derecho a la no discriminación por motivos de sexo, de edad y orientación sexual.
  • El derecho de hombres y mujeres a participar en la crianza de los hijos con iguales responsabilidades.

    Respecto de las usuarias de los servicios de salud reproductiva, tienen derecho a:

  • Recibir una atención de salud accesible, oportuna, apropiada, digna, personalizada.
  • Exigir privacidad
  • Recibir información veraz. Oportuna, completa y en lenguaje claro.
  • Elegir habiendo recibido información necesaria
  • A una actuación protagónica en la toma de decisiones sobre aspectos relativos a su salud, su vida, su cuerpo, su sexualidad.
  • A la información y orientación para el ejercicio de una sexualidad libre, gratificante, responsable y no condicionada al embarazo.
  • A ser tratada y atendida por los servicios de salud como un ser integral con necesidades específicas, de acuerdo a su edad, actividad, clase social, raza y lugar de procedencia.
  • A recibir del personal de la salud, un trato digno y respetuoso a su cuerpo, sus temores, sus necesidades de intimidad y privacidad.
  • A una maternidad feliz, deseada, acompañada, libre, decidida y sin riesgos.

    En una visión integral, estos derechos forman parte de los derechos humanos y libertades fundamentales que los estados deben garantizar, proteger y promover.

solicitando a dicho Ministerio que informe sobre las acciones y/o programas que se implementen de modo de dar respuesta a esta recomendación (Art. Nº 1 y Nº 2).

     En distintos centros de salud públicos, comenzaron a realizarse reuniones de reflexión sobre la existencia de estas prácticas y sus formas de erradicación. También se trabajó en este sentido en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario. Y se están tomando medidas de educación y control que garanticen el cambio de conducta real en estas prácticas.

     El INSGENAR, su comité de investigación, plantea ante todo que "el trato digno no depende de la calidad de recursos. RESPETAR NO CUESTA, NO SER RESPETADAS SÍ TIENE ALTOS COSTOS". Parten de esta idea siendo conscientes de la precariedad y crisis que atraviesa la salud pública. Nada puede justificar un trato irrespetuoso, ni la violencia basada en el género. Es imprescindible que la ley, bien implementada, sirva más que para condenar, para educar y revertir situaciones aberrantes como las que se pueden deducir a través de algunos de los 31 testimonios antes mencionados que aparecen en "Con todo al aire", que a continuación detallamos:

TESTIMONIO Nº 7:
Hospital: "Anselmo P. Gamen" de Villa Gobernador Gálvez.
Fecha: 16/06/02

     L. relata que se internó el día 16/06/02 a las 8 hs. para tener su hijo. La atendió la Dra. E. A las 17 hs le provocaron el parto. Después del parto L. se descompuso y cuenta: "La doctora me retaba, me decía que me hacía la estúpida, me mostraba la placenta y me decía ¿ves que está entera? Yo me sentía muy mal y la doctora me decía "no te hagas la nenita de mamá". Después me llevaron a la sala común donde me agarró hemorragia y vómitos. La doctora tardó diez minutos en atenderme, me hizo poner una inyección y a las dos horas me cambió de sala caminando. Cuando venía caminando me descompuse, estaba muy mareada por la pérdida de sangre. La doctora me dijo "te hiciste la desmayada porque me viste a mí". Cuando cambió la guardia me trasladaron al Hospital Centenario. Me hicieron una ecografía y encontraron restos de placenta y un pedazo de gasa. Me hicieron transfusiones de sangre y estuve diez días internada. Allí la atención fue buena, pero me revisaban muchos residentes". Le preguntamos a L. si sabía cómo era la atención a las mujeres que ingresaban al hospital con alguna complicación de un aborto, y nos dijo: "Si saben que te hiciste un aborto te hacen el raspaje en carne viva".

TESTIMONIO Nº 14:
Hospital: Roque Sáenz Peña.
Fecha de los hechos: el primero hacía pocos meses y el segundo, cuatro años atrás.

     S. tiene 31 años, dos hijos de 14 y 18 años, hace cinco años falleció un hijo y hoy tiene un embarazo de 9 meses. Ella comenta dos situaciones de malos tratos: Una reciente, dado que concurrió al HRSP a tratarse por una ETS (Enfermedad de transmisión sexual). "El médico clínico se enojó porque no encontraban mi historia clínica. Me decía que por culpa mía no encontraban la carpeta." S. se pregunta: "¿por qué yo voy a querer la carpeta? La médica que lo acompañaba, me dijo que tenía un mal día el doctor, lo dejé gritando solo, ahora pude cambiar de médico".

     En otra oportunidad, también en el HRSP, (esto fue hace 4 años), "yo tengo todos mis hijos prematuros, tenía mucha pérdida, y en el hospital parece que una va porque es caprichosa, hacía días que estaba con pérdida y fiebre, fuimos a la guardia y no me atendían, me llevaron al Hospital Provincial, el jefe del servicio me dijo que mi hijo hacía 15 días que estaba muerto. Me pidieron el nombre del médico que me atendió en el HRSP, ellos lo querían demandar, me decían que si lo demandaban no iba a poder ejercer más. No quise hacer nada, porque él no era agresivo".

TESTIMONIO Nº 20:
Hospital Centenario
Fecha: junio de 2001

     N. tiene 16 años y vive en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez. Tenía una gesta de 28 semanas, se controlaba en un hospital municipal de la ciudad de Rosario. En el mes de junio tomó la decisión de pegarse un tiro en el útero, ingresando en la guardia del Hospital Provincial Centenario de la ciudad de Rosario. "Estaba sola... con mis hermanos, y con mi padrastro, mi mamá no estaba, y me fui a una piecita y ahí lo hice".

     Aparentemente habría ingresado el 22 de junio de 2001 de extrema urgencia, razón por la cual fue intervenida quirúrgicamente y derivada posteriormente al área de terapia intensiva hasta el 24 de junio. "No me acuerdo de nada,... si me recibieron unos cirujanos, creo y unas enfermeras, pero te digo que no recuerdo bien (...) no me preguntaron nada, me llevaron a la sala de operaciones directamente".

     Dice que se había sentido maltratada, pero que no consideraba que esto fuera de demasiada importancia, ya que "Ahí todo el mundo te trata mal". Relató tres momentos en los que ella se sintió maltratada, recalcando que los mismos se desarrollaron en la sala de terapia intensiva durante los días que estaba especialmente delicada su salud.

     N. manifestó que el personal médico que la atendió, le indicó que era estricto que ella permaneciera en reposo durante su paso por terapia intensiva dada la complejidad de la operación por la cual había pasado. "No me tenía que levantar por nada del mundo, cuando estaba durmiendo venían las mujeres que te cambian las sábanas y ni me llamaban. Ellas agarraban las sábanas y me sacudían de la cama... sacudían las sábanas como cuando se la destiende (y hace un movimiento semejante al que se hace cuando se sacuden las sábanas del colchón de una cama)... pero conmigo encima. En ningún momento me dijeron ¿te podés levantar que vamos a cambiar las sábanas?" Respecto de las razones por que podrían haber hecho eso, refiere: "No sé, eran rebrutas conmigo, me dolía un montón por la herida, parece que no se dieran cuenta".

     "El primer día después de la operación vinieron unas enfermeras y me dijeron que me tenía que lavar sola la herida. Yo les dije que no me animaba, que me daba impresión, me miraron remal y me dijeron ¡qué impresión ni impresión, nenita, andá y hacé caso, lavate, que acá no se está para pedir nada!

     "Pero esto no fue lo que me hizo sentir peor. Viste que yo no me podía levantar para nada, bueno me habían dado una chata para que la usara porque no podía ir al baño. No me podía mover porque me dolía todo - cabe aclarar nuevamente que N. se encontraba en terapia intensiva - y me estaba haciendo encima... pis, caca también. Y pasaban las de la limpieza, las enfermeras, y yo les pedía que me pongan la chata y me decían con un grito ¡ponétela solita, nena, levantate! Yo no sé si me tenía que levantar, o si querían que me doliera. Al final no me aguantaba más, y me bajé de cama con un dolor espantoso y me puse la chata y me la saqué yo sola". Refiere haberse sentido muy mal.

     Señala que con relación al motivo de la internación, nunca le dijeron nada ("no, por ese tema nunca me dijeron nada").


     No es cierto que en la provincia se concreten completamente y equitativamente estos programas de acción, menos cierto es que lo que se pone en marcha sea posible sin la divulgación y conocimiento de la existencia de estas leyes y de sus contenidos. Existen sí, grupos de mujeres y agentes de la salud que se dedican a reclamar, insistir, patalear para que el gobierno destine algo de los pocos recursos para salud que destina a salud reproductiva. Con ellos conversaremos en una próxima entrega de esta revista, y abordaremos dos temas más candentes aún, el aborto en la legislación argentina y la discriminación hacia los inmigrantes en áreas de salud pública.



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