Colaboración La primera parte de este trabajo que nos fuera enviado desde Bariloche, terminó con un "continuará" en nuestra anterior edición. Acá tenés la segunda entrega de esta investigación que se ocupa del "Reduce Fat-Fast" y del "Amerilab Silhoette Efervescente", dos fórmulas cuya distribución no estaría autorizada en los Estados Unidos, pero que se venden aquí ¿como alimentos? ¿cómo suplementos dietarios? Los suplementos dietarios inservibles y peligrosos (Segunda parte) por Juan Isidro González Introducción Embaucar es un pequeño acto ilegal que se emplea para obtener beneficios sin hesitar. Lamentablemente es un pequeño acto ilegal que mucha gente utiliza en gran medida para su provecho sin afectarle las consecuencias. Muchos ingenuos caen en las redes de los timadores por ser excesivamente crédulos y a causa de trastornos que desean superar. Y porque a pesar de las leyes nadie se preocupó en alertarlos. Más bien da la impresión que se estimula el fraude por grosera omisión. Las normas legales son como telarañas: aprisionan a los insectos más pequeños y dejan en paz a los más grandes. Los pobres y los humildes son ignorados por las leyes, mientras que los ricos y los poderosos las quebrantan con absoluta impunidad. Bueno, algo por el estilo. * * * Bien, estimada gente, ahora aquí surgen serios interrogantes porque la ANMAT, en su afán por clarificar adecuadamente no lo ha logrado de manera precisa, sino que tiende a enredar más. Veamos. Se sostiene que tanto el "Reduce Fat-Fast" y el "Amerilab Silhoette Efervescente" son Suplementos Dietarios, pese a lo cual han sido inscriptos - ruego confirmar la información asentada en el documento adjunto en el R. N. P. A. (Registro Nacional de Producto Alimenticio) con certificados Nº 01037661 y Nº 01036388, respectivamente. O sea que oficialmente - salvo que mi cerebro esté afectado de una irreversible senectud - son considerados ALIMENTOS por las autoridades de la ANMAT. ¿No esto una grosera contradicción? Ahora bien, supongamos que estas dos chantadas son también conceptuadas como "Suplementos Dietarios", de acuerdo a la dualidad de opinión con que parece que se maneja el organismo que debe velar por la salud de la comunidad, es de extrema importancia conocer a qué preparaciones se le asigna ese encasillamiento. Vale recordar - antes de aclarar el punto - que el "Reduce" y el "Amerilab" son preparados para promover el adelgazamiento corporal, morigerar el apetito, eliminar líquidos y excluir la gratitud supuestamente excedente en el cuerpo humano. Ambos están pergeñados no con el objeto de suplementar nutrientes, sino para hacer perder varios kilos en muy poco tiempo - así lo sostiene de manera enfática la publicidad falaz que se emite por televisión -, a costa de mucho sacrificio y sin ninguna seguridad de éxito en la aventura de perder peso y "pe$os". El Código Alimentario Argentino (ley 18284) establece:
Sin embargo, lo de mayor trascendencia para el público que no se cumple con los dos productos que me preocupan (y quien sabe con cuántos otros), es lo siguiente:
Las leyes son las leyes y se han hecho para cumplirlas. A ultranza. * * * Conclusión Más claro, imposible. Los "Suplementos Dietarios" son preparados con diferentes formulas científicas tendientes a incorporar en las dietas de las personas enfermas que lo necesiten, según las prescripciones de médicos especialistas y nutricionistas, aquellos nutrientes que coadyuven en el mejoramiento de su salud. Y también para suplementar en las personas sanas con requerimientos básicos dietarios no satisfechos. En tal sentido, es inaceptable que se consideren diferentes interpretaciones. Surgen así varios interrogantes que alguien deberá responder, o seguir como el avestruz con la cabeza en el hoyo… pero con el tuje al viento:
Dos cosas para concluir este extenso y fatigoso artículo. A) que los dos primeros incisos del Art. 1381 confirman aspectos fundamentales de esta investigación periodística: ni el "Reduce Fat-Fast" ni el "Amerilab Silhoette Efervescente" pueden ser considerados ALIMENTOS o SUPLEMENTOS DIETARIOS. Hacerlo, según las normativas vigentes, resultarían aberraciones jurídicas, técnicas y científicas. Y B) que según la nota oficial de la ANMAT (reitero el parágrafo), se enfatiza que: "De acuerdo a la composición, los mismos (se refiere al "Reduce" y al "Amerilab") se encuadran en el Código Alimentario Argentino como Suplementos Dietarios. Los Suplementos Dietarios se encuentran descriptos en el artículo 1381 del Código Alimentario Argentino (puede consultarse en la página web www.anmat.gov.ar ). Por tratarse de alimentos, deben cumplir con las exigencias que establece el Código Alimentario Argentino y su condición de venta es como la de los demás alimentos. Sin embargo, en las tres tablas de ingesta diaria que consta en el Inc. 4º) del Art. Nº 1381 de la ley 18824, que no les transcribo por razones de espacio, excepto el CROMO, no constan el PSYLLIUM, el TÉ VERDE, la GARCINIA CAMBOGIA, la YERBA MATE, la COLINA, el INOSITOL y la METIONINA. Y esto es lo que merece una debida aclaración, evitando todo tipo de eufemismos. La medicina, según decía Hipócrates, era una mezcla de ciencia y arte; Paracelso consideraba que lo más importante era combatir las hechicerías en la medicina del siglo XV; Harvey fue quien descubrió la circulación de la sangre; Koch identificó el bacilo de la tuberculosis; Pasteur alertó que los gérmenes eran los causantes de muchas enfermedades; Fleming descubrió la penicilina que posibilitó superar enfermedades que hasta 1928 eran incurables… Y Jorge Hané, sin ningún conocimiento científico ni título profesional válido, se considera el gurú del adelgazamiento, mueve millones de dólares (que abren muchas puertas y cierran muchas bocas) y se mueve con su "Reduce Fat-Fast" con la más absurda libertad por nuestro país a través de Ventas por TV. Como decía mi abuelo Isidro, "La culpa no la tiene el charlatan, sino quienes les prestan atención por ingenuidad y porque hay quienes le facilitan las cosas". Opiná sobre este tema |
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